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¿Qué es el modelo 347?
El modelo 347 es una declaración informativa que sirve para comunicar a la Agencia Tributaria una serie de operaciones con terceras personas.
¿Afecta esta obligación a las comunidades?
Desde hace varios ejercicios las comunidades de propietarios tienen que presentar también esta declaración. Incluso las que no disponen de administrador de fincas.
¿En qué casos debe la comunidad presentar el 347?
Cuando haya mantenido operaciones (adquisición de bienes y prestación de servicios) con terceras personas durante el ejercicio económico que se declara y el importe de las mismas hayan superado los 3.005,06 euros.
Esta cantidad se calcula incluyendo el IVA de la/s factura/s.
¿Qué no tiene que declarar la comunidad?
- Suministros de energía eléctrica.
- Combustibles que se usen para consumo comunitario.
- Suministros de agua.
- Seguros comunitarios.
¿Cuál es el plazo y la fecha límite de presentación del modelo 347?
Su plazo de presentación se anuncia anualmente en la página web de la Agencia Tributaria. Normalmente hay que hacerlo en el mes de febrero.
Este modelo se presenta cada año con los datos contables del ejercicio anterior. Es decir, tratándose de un modelo informativo, de lo que se trata es de declarar, por ejemplo, en 2017 las referidas operaciones con terceros que se hayan mantenido en 2016.
¿Qué objetivo tiene esta declaración?
Obtención de información para luchar contra el fraude fiscal.
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