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Tengo una gotera en el techo de mi salón. Se lo he comunicado al vecino del ático que tiene justo arriba su terraza y no he conseguido nada. ¿Quién tiene que arreglarlo y cómo puedo reclamarlo?
Lo primero que hay que hacer en un supuesto que se nos plantea es informar de esta circunstancia a la comunidad; solicitando al presidente o administrador:
- Que abra un parte en el seguro de la comunidad. Ya que si bien lo más normal es que esta compañía no cubra la reparación del elemento por el que se produce dicha filtración (salvo que, por ejemplo, se trate de una rotura de tubería incluida en la póliza), sí podría atender la reparación o indemnización por los daños producidos en la vivienda reclamante: repintado de techos, reposición del laminado del suelo, etcétera.
- Que se compruebe la causa y origen de la filtración; así como que se determine el responsable de la reparación.
Si nos encontramos ante una edificación de obra nueva habría que comprobar si tiene vigentes los plazos de garantía legales para reclamar a los agentes constructivos su reparación. Porque en tal caso, se tendrá que iniciar el correspondiente procedimiento legal frente a aquéllos.
En el resto de supuestos conviene estudiar con mayor detalle la declaración de obra nueva y división de propiedad horizontal de la comunidad con la finalidad de comprobar qué tipo de terraza tiene dicho ático.
Siendo lo más probable que se trate de un elemento común de uso privativo; con lo que a pesar de que su uso corresponde al propietario de la vivienda por la que se accede a ella de manera restringida, su propiedad es de la comunidad. Y ello tiene como consecuencia que ésta será la obligada a costear las pertinentes reparaciones.
Lo anterior salvo que la filtración de agua se haya producido por una acción no consentida o negligente del propietario de la vivienda que utiliza la terraza, o por no haber realizado éste en ella el mínimo mantenimiento exigible; casos en los que podría atribuírsele el coste de la intervención.
No obstante, aún pudiéndose acreditar mediante informe técnico que nos encontrarnos ante una de estas causas imputables al usuario de la terraza, será la comunidad la responsable de que dicha filtración se repare; con independencia de que en paralelo pueda iniciar un procedimiento judicial contra el propietario causante, que a su vez está obligado a facilitar el acceso y a consentir las obras.
Con todo ello se aconseja que en el supuesto de que el asunto no se resuelva en un tiempo razonable, se remita un escrito fehaciente a la comunidad para que quede constancia de los daños producidos y exigiendo en un plazo determinado la adopción de las medidas necesarias. O poner el asunto en conocimiento del seguro de la vivienda para que si tiene cobertura en su póliza, reclame como jurídicamente corresponda al causante la reparación de la terraza y de los daños producidos.